La ejecución extrajudicial que persigue al Ejército en el Cauca

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En el Cauca, en la casa de la familia Ortiz Fajardo, en la modesta oficina de la Corporación Justicia y Dignidad, en la mente de la abogada Sofía López, se respira hoy un nuevo aire porque confían en que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos haga el trabajo que en el Cauca se les olvidó hacer.

El jueves 9 de agosto de 2007, a las 4:00 de la mañana, como era habitual, Ulpiano Ortiz Fajardo salió de su casa ubicada en municipio de Piendamó (Cauca), para realizar compras de mercancía en la Galería La 13 de Popayán y luego revenderlas en su pueblo natal. En estos viajes, casi siempre iba acompañado por Jairo Alexis Castro Concha, un principiante ayudante de buses de transporte público. Ese día fue el último que la familia de Ulpiano lo vio con vida.

‘Piano’, como cariñosamente le apodaban sus familiares y amigos del pueblo, llegó ese 9 de agosto hasta la Terminal de Transportes de Popayán en un viaje tranquilo que ordinariamente se demora alrededor de una hora. Al bajarse del bus de transporte intermunicipal, se despidió del conductor camino hacia el sur de la ciudad. En sus viajes semanales a Popayán, ‘Piano’ siempre regresaba a Piendamó pasadas las 9 de la noche, pero el 9 de agosto de 2007 esa rutina no se cumplió y, siendo ya la medianoche de ese jueves, no se había reportado en su casa.

Desesperados, sus familiares sospecharon que Ulpiano había vuelto a sus malos pasos y sería detenido, como ocurrió en el 2003 cuando fue condenado por el delito de hurto menor. En medio de la zozobra, prendieron todas las radios que había en casa y ,en cada una de las estaciones locales, escucharon que Ulpiano y un ciudadano de nombre Jairo Alexis Rocha, el ayudante de bus, eran guerrilleros del ELN que habían muerto en combate con tropas del “Batallón de Alta Montaña No 4 BG Benjamín Herrera Cortes” de la Brigada 29 del Ejército Nacional, hechos que habrían ocurrido en zona rural del municipio de Timbío, a media hora de Popayán.

Los familiares tomaron el primer transporte público que encontraron y llegaron a la ciudad blanca y, posteriormente, a Timbío para que, en la sede de la Fiscalía General de la Nación de ese municipio, les informaran exactamente qué había pasado. Al escuchar la versión inicial de la muerte de Ulpiano Ortiz, les informaron que a él se la había decomisado una escopeta y que la causa de la muerte había sido un trauma cráneo encefálico severo y laceración cerebral. De allí pasaron a la identificación del cuerpo y salieron a hacer las respectivas diligencias de la velación y entierro de su ser querido, acompañados de una enorme duda acerca de la versión oficial entregada por las autoridades.

De inmediato, la abogada Sofía López integrante la Corporación Justicia y Dignidad asumió el caso y acompañó a la familia en este proceso judicial que hoy tiene en vilo a las Fuerzas Militares en el Cauca.

Lo primero que encuentra es que la “Orden de operaciones Eclipse” que sustenta la Misión Táctica “No 70 Antorcha II”, que soporta las muertes, no existe y que el anexo de inteligencia necesario para el diseño y ejecución de la misión táctica fue proferido el 8 de agosto de 2007, el mismo día que supuestamente se diseñó la misión táctica y el mismo día en que se inició su ejecución por parte de la compañía Coral, lo que para esta abogada evidenciaba una ilegalidad del operativo militar. Un comunicado de la Corporación Justicia y Dignidad, con fecha de 9 de agosto de 2018 manifestaba que “El anexo de inteligencia – de 8 de agosto de 2007 – refiere supuestos hechos delictivos de 28 de agosto de 2007, es decir, con sobrenaturales poderes adivinatorios, los militares dan cuenta de hechos posteriores al crimen. Todo indica que el anexo de inteligencia fue elaborado posteriormente a los hechos de 9 de agosto de 2007” y, a renglón seguido, expresan en esa misma comunicación que “Las pruebas forenses indican que ULPIANO nunca disparó el arma que se le incautó, así mismo que de los 8 disparos que recibió, 5 se hicieron a una distancia realmente muy corta en un enfrentamiento armado y 3 de los disparos presentan FALSO TATUAJE O AHUMAMIENTO es decir que los militares dispararon a corta distancia, no superior a 50 centímetros”.

Para llegar a estas conclusiones, la abogada Sofía López tuvo que soportar las dilaciones presentadas en el Juzgado 54 de Instrucción Penal Militar, donde habrían maniobrado para que los soldados Juan Pablo Carmona Garves, Daniel Ramos Rodríguez, Jhon Janner Gutiérrez Coy, José Elvis Palacio Mena, Misael Hernández Bahos, Wilson Manrique Suárez y el Teniente Martín Hernando Nieto Melo, no respondieran por este crimen.

En medio de esta lucha por encontrar la verdad en el caso del asesinato de Ulpiano Ortiz, la jurista Sofía López encontró que, en el expediente, reposa certificación de la sección de inteligencia – S2 – del pago de recompensa por $ 3.000.000 por información sobre la supuesta pertenencia de las victimas al ELN, pero que el oficial Gutiérrez Coy, siendo parte de S2 y quien comandó la operación militar, manifestó en su indagatoria no tener información sobre la pertenencia de las víctimas a la guerrilla.

Según la prueba forense que reposa en el expediente, Ulpiano no realizó ningún disparo; en la inspección judicial de la escena del crimen, los funcionarios del CTI establecen “Un arma de fuego tipo CARABINA de fabricación artesanal, con un proveedor para la misma con tres cartuchos alojados en el mismo y otro cartucho alojado en la recamara sin signos de percusión”.

Éstas y otras irregularidades encontradas llevaron a que, el 16 de julio de 2010, los abogados de la familia del señor Ortiz enviaran un derecho de petición a la Fiscalía General de la Nación solicitando que la Justicia Penal Militar “se avoque el conocimiento del caso”, y posteriormente, el 16 de diciembre de 2011, le exigieran al Juzgado 54 de Instrucción Penal Militar que remitiera el proceso a la justicia ordinaria.

Mientras el alto tribunal decidía si el proceso de Ulpiano Ortiz pasaba o no a la justicia ordinaria, Sofía López y sus compañeros de la Corporación Justicia y Dignidad presentaron en el 2012 una solicitud ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para que ésta aceptara el caso por considerar que el Estado colombiano no ha dado las plenas garantías para que se haga justicia. Aunque el 12 de noviembre de 2014 el Consejo Superior de la Judicatura decidió que el caso pasara a la justicia ordinaria, la familia de Ulpiano Ortiz tuvo que esperar siete años para que, a mediados del 2019, la CIDH admitiera el caso, hecho que fue le fue notificado a las partes en noviembre del año pasado.

Cuando la abogada Sofía López y los familiares de Ulpiano Ortiz Fajardo leyeron el Informe de Admisibilidad del caso por parte la Comisión, sintieron que su lucha no había sido en vano ya que, en apartes del documento, la CIDH expresaba que se había cumplido con el plazo razonable para la presentación del caso y, por lo tanto, “resulta aplicable la excepción al agotamiento de recursos interno prevista en el artículo 42.2.c de la Convención Americana”

Sofía López y el equipo de abogados de la Corporación Justicia y Dignidad lograron demostrar que el Estado colombiano no ha dado las plenas garantías para que se haga justicia pero, sobre todo, han dejado en claro que el Ejército Nacional no ha demostrado en derecho que Ulpiano Ortíz Fajardo era un guerrillero del ELN que murió en combate.

En el Cauca, en la casa de la familia Ortiz Fajardo, en la modesta oficina de la Corporación Justicia y Dignidad, en la mente de la abogada Sofía López, se respira hoy un nuevo aire porque, si bien no han logrado que se haga justicia en Colombia, confían en que la Comisión haga el trabajo que en el Cauca se les olvidó hacer y que, posteriormente, la Corte Interamericana con sede en Washington tome una decisión en derecho y ésta les ayude a entender cómo integrantes del Ejército asesinaron a un comerciante en el Cauca para que, tal como está evidenciado en el expediente, se pagara una recompensa de $ 3.000.000 por información sobre la supuesta pertenencia de las victimas al ELN, hecho que nunca se pudo comprobar.

Los abogados de la Corporación Justicia y Dignidad están a la espera de que la CIDH también admita el caso de Jairo Alexis Castro.

* José Marulanda, periodista de UniCauca Estéreo, @marulojose

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