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“Si usted toma un desayuno en la mañana y yo no he tomado nada, estadísticamente cada uno hemos tomado medio desayuno”. Cualquier profesor de Estadística Social.

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Según el DANE, los ricos en Colombia comenzarían a identificarse de manera estadística con un ingreso mensual de $6.461.310 pesos mensuales, los cuales iniciarían la clase alta colombiana, de estos el 1.4% son asalariados y 0.64 independientes. Esta operación de agregación se hace quizás para ocultar la altísima concentración del ingreso en Colombia. ¿Cómo así? Pues sí, si yo meto personas que apenas tendrían un ingreso medio, como lo es la cifra anotada, alcanzaría, aun así, a solo un 2.4% de la población que llega a esa condición de clase alta, para disimular, aunque muy poco esa sí altísima concentración del ingreso. Con este “agregado” de clase media, la clase alta colombiana estaría dividida en una gran mayoría que obtiene ingresos muy medios y una muy pequeña minoría con ingresos altísimos, que llegaría al 0,2% de la población colombiana. Alrededor aproximado de 100.000 personas y si se cierne aún más el cedazo llegarían a 10.000 personas. Claro, estos serían en el contexto de la economía formal. El criterio de clase o estrato social no ha sido muy riguroso en la estadística colombiana. Ha sido más bien criterios intuitivos o empíricos (la visibilidad de los bienes o de los gastos) los que han predominado. Otro asunto, es el de la economía invisible que transita entre la informalidad y la ilegalidad y por tanto difícil de cuantificar, habiéndose hecho intentos sin real incidencia. Pero que además tienen su ocultamiento y por ello se les ha denominado economías subterráneas que transitan en la oscuridad.
Hasta ahora las Reformas tributarias no han tocado sensiblemente los más altos ingresos, ya que, si algún guarismo o porcentaje los escandaliza por lo alto del impuesto, viene o han venido acompañados de superdescuentos que terminan favoreciendo la baja tributación de estos altos ingresos. Sibilinamente planteada la cuestión de una aparente alta tasa de tributación que termina favoreciendo con los “descuentos” que la acompañan. Está planteada por el nuevo Gobierno que llega el 7 de agosto, una reforma tributaria, que si bien no quiero producir “espanto” si tiene que ser distinta. Veremos por qué.
Los impuestos cuya función además de financiar el accionar del Estado tienen una función redistribuidora de diversas maneras, ya sea indirecta o directa. Pero esto poco se ve en nuestros lares. Por ejemplo, los programas de suministrar ingresos a los más pobres se han hecho primordialmente con endeudamiento externo del Estado, llegando a una altísima cifra, del valor de esa deuda sobre el valor del Producto Interno Bruto anual (PIB) (60%). Ubicándose por el arte de embolatar en un cuestionado sitial el asunto redistribuidor de los ingresos de los impuestos.
Los ingresos de la mayoría de los hogares colombianos se originan en ingresos laborales (60%), ayudas (subsidios, 20%) y el resto con transferencias entre los mismos hogares. Hasta ahora básicamente las reformas tributarias han descansado sobre los impuestos indirectos que afectan principalmente a los hogares pobres y de ingresos medios. Es decir, poca redistribución y por tanto alta y progresiva concentración del ingreso. A esto contribuye desde luego y además la altísima corrupción y las rentas delictuales.
De tal manera que un cambio de orientación de una Reforma Tributaria tiene que enfatizar la función redistribuidora impositiva, si quiere diferenciarse de anteriores de estas medidas que han contribuido a lo contrario, a concentrar los ingresos. La gente colombiana votó mayoritariamente por esta perspectiva de cambio, en busca de equidad y prosperidad para todos.
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No es fácil un cambio de paradigma tributario en medio de una avalancha mediática que está intentando desprestigiar esta perspectiva de redistribución con amenazas de desastre y caos. La defensa de la concentración se mimetiza en una especie de denuncia dramática de un golpe mortal a quienes generan riqueza y dan empleo. En cualquier país del mundo desarrollado los impuestos son altos, Colombia se ubica tanto en el contexto de América Latina en un nivel inferior de tributación y todavía más bajo respecto de los países de la OCDE de la cual es miembro. El promedio de recaudación tributaria en Colombia, como porcentaje del PIB, fue de18.7% en 2020. Para los países de la OCDE es de 33.5% del PIB. Y respecto a América Latina también, como ya dijimos, estamos por debajo, el promedio para estos países latinoamericanos es de 21.9% del PIB. Francia y Dinamarca tienen un 45.4% y un 46.5% de tributación con respecto al PIB (Producto Interno Bruto). Una Reforma Tributaria implica mucho lobby de todo tipo y ya veremos si una claridad de metas se impone, desde luego favorable a una política de justicia tributaria.
Pero qué entendemos por Justicia Tributaria: “Principio que se predica del sistema tributario que supone la prohibición de desigualdades entre los obligados tributarios y la igualdad de gravamen dentro de cada tributo, siendo esto el resultado de la aplicación de todos los demás principios constitucionales en materia tributaria”. (Diccionario panhispánico del español jurídico). A su vez la Corte Constitucional colombiana en sentencias ha manifestado: “La tributación tiene que reparar en las diferencias de renta y riqueza existentes en la sociedad, de modo que el deber fiscal, expresión de la solidaridad social, tome en cuenta la capacidad contributiva de los sujetos y grupos, conforme a ella, determine la carga fiscal. La que ha de asignar con criterios de progresividad, a fin de alcanzar grados cada vez mayores de redistribución del ingreso nacional. (Sentencia-1107 de 2001).
Con estos criterios una necesaria reforma tributaria que resulta de un mandato político mayoritario, no puede ser un ejercicio de lobby en el Congreso de la República, en donde los grupos más poderosos impongan sus intereses, como ha sido lo tradicional en nuestra historia legislativa. Porque esta reforma tributaria se deriva más bien, lo reiteramos, de un mandato popular que reclama cambios que deben expresar esa justicia tributaria que devenga en programas sociales de fondo frente a tantas necesidades sociales para elevar un pueblo a condiciones de equidad y prosperidad.
Pero es también no sólo un asunto de Reforma Tributaria, el que los que deban tributar tributen, sino también de un ejercicio de solidaridad de parte de los ciudadanos y una administración de impuestos con más dientes y voluntad contra los evasores y elusores para que cumplan sus deberes tributarios. Aquellos que temen una reforma tributaria que haga más justicia tributaria y asumen con pretensión y vergonzosas amenazas “irse del país”, pues en cualquier otro país la tributación es mayor y resulten como se dice en el argot popular “más clavados”.
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*Víctor Reyes Morris, sociólogo, doctor en sociología jurídica, exconcejal de Bogotá, exrepresentante a la Cámara, profesor pensionado Universidad Nacional de Colombia.
El mandato popular, expresado en las urnas es claro: corregir las iniquidades y ello se logra con una tributación solidaria. Por supuesto la libertad implica que los que deseen irse del país, en razón a que no desean acogerse a la nueva tributación, puedan hacerlo. Serán pocos ante la realidad que en cualquier otro país tributaran más que aquí, pero están en todo su derecho.. ni mas faltaba!
Buena columna sobre un tema que ya está en la agenda pública. Importante que los ciudadanos comprendan que una reforma no solamente sirve para recaudar más y cerrar déficit, sino como lo plantea Víctor Reyes en la columna, también es un mecanismo de redistribución.