Contra el narcotráfico, la regulación de las drogas ilícitas

0
919

About The Author

El auténtico golpe de gracia a las estructuras criminales del narcotráfico puede darse sin disparar una bala y sin despegar un solo avión.

La “política criminal”, según la Corte Constitucional, es el conjunto de medidas que adopta el Estado para enfrentar y contrarrestar conductas causantes de perjuicio social (C-646/2001). Aun cuando se ha entendido, erróneamente, que estas medidas consisten en represión o uso indiscriminado del derecho penal, lo cierto es que previamente a acudir a mecanismos punitivos debería acreditarse la ineficacia de otras alternativas tendientes a solucionar las causas de la problemática social, como podrían ser, a modo de ejemplo, de connotación cultural o económica.

Podría inclusive afirmarse que optar por la utilización directa de mecanismos coercitivos refleja una carencia absoluta de política criminal que, si bien puede ofrecer paliativos, nunca proveerá el remedio requerido. Esta situación parece haberse presentado a lo largo de varias décadas en la denominada lucha contra las drogas, evidenciándose hoy día que la represión no es herramienta efectiva para combatirlas y que, más bien, su fracaso aconseja acudir a estrategias de salud pública o de política económica.

Lo primero que debe decirse es que el tratamiento de las drogas ilícitas en Colombia se edifica sobre una abrupta contradicción, pues, por un lado, la Corte Constitucional desde el año 1994 despenalizó el consumo de la dosis mínima (C-221/1994) y, por otro lado, no existen expendios legales para adquirirla. Esto genera una auténtica antinomia: quien quiera ejercer una actividad permitida necesariamente debe participar en una operación ilícita.

Para solucionar este disparate, deberían darse dos pasos que permitirían no solamente corregir tamaña contradicción, sino golpear contundentemente el negocio criminal del narcotráfico. El primer paso sería, desde una política de salud pública, partiendo de la base, absolutamente indiscutible y aceptada inclusive por los sectores más conservadores, de que un adicto es un enfermo y no un delincuente. Bajo esta perspectiva, el Estado debería asumir el monopolio del suministro de estas sustancias a todo ciudadano que las requiera y que no esté en condiciones económicas de adquirirlas.

Esta política arrojaría avances por lo menos desde dos ópticas. En primer lugar, desde la propia salud pública, pues permitiría conocer número de consumidores – enfermos – y tipo de estupefaciente usado, lo que generaría la posibilidad de suministrar drogas limpias, no con las mezclas tóxicas que suele ofrecer el traficante común, y, a partir de la identificación de la población adicta, se podrían ofrecer alternativas directas y personalizadas de rehabilitación.

En segundo lugar, desde la óptica judicial en donde se verificaría, por una parte, una ostensible disminución de la criminalidad, pues, por ejemplo, el habitante de calle ya no deberá acudir al delito para acceder a estas sustancias y, como consecuencia de lo anterior, se superarían las dificultades que, en la práctica, comporta la judicialización de estas personas cuando son sorprendidas cometiendo delitos.

De otra parte, habría fundamento para amonestar a quien pudiendo acceder lícitamente a estas sustancias resulte sorprendido en mercados ilegales, sea o no consumidor. Uno de los avances innegables del derecho penal liberal fue el de establecer que a una persona solo se le puede reprobar determinado proceder, cuando sea dable exigírsele otra conducta acorde a derecho; hasta hoy el consumidor debe participar de un negocio criminal para proveerse estas sustancias, mientras que con el suministro estatal se podría, fundadamente, recriminársele que, contando con la posibilidad de acceder a un mercado formal, haya optado por uno ilegal.

El segundo paso tiene que ver con los consumidores – recreativos, habituales o compulsivos – que tienen capacidad económica para adquirir drogas; bien sea con fórmula médica o con cualquier tipo de autorización legal. Estas personas deberían contar con la posibilidad de adquirir, en un expendio estatal, dichas sustancias. El impacto económico a las organizaciones criminales sería contundente, pues si el Estado es el que suministra las drogas, las finanzas de los delincuentes se verían realmente afectadas, en tanto se habría instaurado una competencia insuperable que llevaría a la quiebra del traficante.

Adicionalmente, y tal vez sea esto lo más importante, estas organizaciones ilegales perderían la motivación para incentivar y generar adicción a personas cada vez más jóvenes, pues la expansión de su negocio sería inmediatamente cubierta por el Estado, con lo que necesariamente decaería el estímulo para la búsqueda de nuevos consumidores.

Adam Smith distinguió, desde 1776, precio del mercado y precio natural. Éste es el que se tasa a partir del trabajo invertido, aquél el que se deriva de la oferta y la demanda. Por básico que parezca, no puede dejar de mencionarse que producir drogas es absurdamente económico – precio natural – y que lo que las hace costosas es su ilegalidad – precio de mercado -. Por ello, cuanta más represión estatal, más alto el precio en las calles y, paradójicamente, mayor rentabilidad para la criminalidad; en cambio, si el Estado suministra estas sustancias, habrá absorbido la demanda, con lo que la oferta ilegal, como un castillo de naipes, habrá de desplomarse. Estas leyes básicas del mercado, por demás, generarían interesantes ingresos estatales que deberían destinarse, en gran medida, a prevención.

Tal vez la verdadera guerra contra el tráfico de estupefacientes, por lo menos a nivel interno, no consista en bañar con glifosato a campesinos inermes, quienes, valga señalar, la única presencia estatal que conocen es esa lluvia maldita que acaba con su única posibilidad de sustento y con su salud; el auténtico golpe de gracia a las estructuras criminales puede darse sin disparar una bala y sin despegar un solo avión. Déjese claro que no se está hablando de “legalización” de las drogas, pues tal concepto parece implicar la posibilidad de incentivar su consumo; por ello, se alude a “regulación”, en tanto no se pretende, en manera alguna, su promoción o fomento y, en todo caso, el tráfico ilegal continuaría siendo delito.

*Dr. Iur. Mauricio Cristancho Ariza, subdirector Centro de Pensamiento Penal “Luis Carlos Pérez” (Polcrymed), @MCristanchoA

Autor

DEJA UNA RESPUESTA

Please enter your comment!
Please enter your name here

El periodo de verificación de reCAPTCHA ha caducado. Por favor, recarga la página.