Difícil

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Basta con que se reformule la pregunta sin negativas en la misma y se pregunte: ¿El título de pregrado en salud cuenta con equivalencia en Colombia?

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Así se la pone el Ministerio de Educación en Colombia a quienes, desde el sector salud, aspiran convalidar los títulos obtenidos en el exterior y no lo hace porque el sistema sea complejo, sino por una pregunta que no tiene forma correcta de ser respondida.

La misma reza así: ¿El título de pregrado en salud NO cuenta con equivalencia en Colombia?

A esa interrogante el sistema permite dos opciones, SI o NO. De hecho, el sistema arroja como respuesta predeterminada NO. Ahora bien, analicemos la disyuntiva.

Si a la pregunta ¿El título de pregrado en salud NO cuenta con equivalencia en Colombia? respondemos NO, estamos reconociendo que no hay equivalencia entre el sistema de salud en el cual la persona cursó los estudios y la tierra de Nariño y Caldas; pero ocurre igual si la respuesta es SÍ.

En efecto, al haberse formulado la pregunta de manera negativa y responderse afirmativamente, se está reconociendo como cierto lo sostenido en la pregunta, por lo que la respuesta sería SÍ, el título de pregrado en salud NO cuenta con equivalencia en Colombia.

Obviamente que Colombia no podría convalidar títulos profesionales en el área de salud de aquellas actividades o profesiones respecto de las cuales en esta nación no hay similares. Pero pensemos, por ejemplo, que se trata de un odontólogo que aquí ha llegado – donde existen magníficas universidades en las cuales puede cursarse dicha carrera- y que quien aspira a convalidar lo hizo en su país, por ejemplo, Venezuela con pensum de estudio muy similar al colombiano.  

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La respuesta que a esa pregunta el solicitante de convalidación dé, siempre arrojará una respuesta sujeta a la interpretación de la administración, cuando el hecho fáctico es que existe similitud entre la odontología colombiana y la venezolana, pudiendo originar por consecuencia una negativa a aprobar lo solicitado. Lo anterior obligaría, por el error en la formulación de la pregunta, a ejercer los recursos que la ley prevé para el administrado como consecuencia del acto administrativo que niega la convalidación fundada en dicha respuesta, generando con ello un costo adicional para todos.

Como todo problema el mismo tiene solución y es absolutamente factible de resolver. Basta con que se reformule en el sistema la pregunta, sin negativas explícitas en la misma y simplemente se pregunte: ¿El título de pregrado en salud cuenta con equivalencia en Colombia?

Si ello ocurriere todas las partes tendrían claro a qué deben atenerse.

Quienes en Colombia vivimos estamos en la obligación de hacer las observaciones que estimemos conducentes si con ello podemos colaborar a quienes aquí vivimos. Por ello hacemos esa respetuosa sugerencia.

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*Gonzalo Oliveros Navarro, Magistrado del Tribunal Supremo de Justicia. Director de Fundación2Países @barraplural

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