Especial PND – Energía, transición y el PND (Parte 3)

0
763
Unión Europea destina 12 mil millones de pesos para fomentar eficiencia energética y generación de energías renovables

About The Author

“La consolidación de la integración de las fuentes no convencionales de energías renovables a la matriz energética que plantea las Bases del Plan va en la dirección correcta.”

LA RECONVERSIÓN ENERGÉTICA

Es una realidad que el mundo entero transita por la senda de la transición energética, migrando desde las energías de orígen fósil hacia aquellas fuentes no convencionales de energías renovables y limpias, pero también es cierto que en aquellos países en donde históricamente se ha dependido de aquellas, tienen en los recursos que genera su explotación la fuente de financiación de dicha transición. Así lo vienen haciendo los Emiratos Árabes, que cuentan con las mayores reservas de petróleo del mundo y otros países, como es el caso de Chile, que paulatinamente ha venido diversificando su economía y reduciendo su dependencia con respecto al cobre. Y no hay que olvidar, la transición energética es tecnológica y la manera de avanzar por esta vía es conectando la materia prima con la materia gris, mediante la inversión en ciencia, tecnología e innovación.

Lo dice muy claro la OCDE en el primer reporte luego del ingreso de Colombia a la misma: “la economía de Colombia contnúa dependiendo de los recursos naturales y cada vez lo hace en mayor medida…Hace dos años, la producción primaria y la minería representaron un 80% de las exportaciones, diez puntos porcentuales más que en 1991[1]. De ello hay que tomar nota. Lo advierte la Presidenta del Consejo Privado de Competitividad Rosario Córdoba, “la recomendación central de la OCDE es categórica. Colombia debe priorizar la agenda de transformación productiva y asignarle recursos a la altura del reto[2].

Como es apenas obvio, la transición energética es un proceso gradual, no es dable pensar que se pueda dar como si fuera un salto de garrocha. Conscientes de ello, el mundo y Colombia no es la excepción, han venido tendiendo puentes que sirven de rampa para llegar al objetivo propuesto. En este sentido, Colombia se adelantó al Acuerdo de París, ratificado por el Congreso de la República mediante la Ley 1844 del 14 de julio de 2017 y a los Objetivos del Desarrollo Sostenible (ODS) suscritos en 2015 y adoptados por el país mediante Documento CONPES 3918 de marzo de 2018. En efecto, gracias a la Ley 693 de 2001 y la Ley 939 de 2004 se ha venido cumpliendo con la obligación de mezclar un porcentaje del 10% de etanol con la gasolina y uno del 10% de aceite con el diesel. Esta mezcla de los biocombustibles mejora la calidad de los combustibles, que se seguirán consumiendo durante un largo trecho, pues al oxigenarlo reduce las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y contribuye al cumplimiento de la meta del gobierno de reducción de las misma en un 20% hacia el año 2030. A ello habrá de contribuir el “fortalecimiento de la Comisión para el Uso Racional y Eficiente de Energía (URE) y fuentes no convencionales y la inclusión de metas obligatorias de eficiencia energética en el Programa de uso racional y eficiente de energía” incluido en las Bases del Plan.

Al considerar la “energía que transforma: hacia un sector energético más innovador, competitivo, limpio y equitativo”, la Red Nacional de Tecnoparques del SENA que trae el Plan incluye a los biocombustibles entre los sectores a apoyar, junto con las energías verdes, con “proyectos de investigación aplicada, desarrollo tecnológico e innovación”. La emergencia que afrontan en este momento, especialmente, Bogotá y Medellín, que obligó a sus alcaldes a extremar medidas para paliar la contaminación de estas urbes, hacen imperativo reducir las emisiones de GEI de su parque automotor[3]. Y para lograrlo, como se dice en el proyecto en su artículo 76, hay que “utilizar eficientemente los recursos, incorporar teconologías vehiculares de cero o bajas emisiones” y, entre estas últimas, está la mezcla de los biocombustibles como parte de la solución. Lástima que nada se dice en el proyecto sobre la necesidad de incrementar el porcentaje de las mezclas, toda vez que a mayor porcentaje de mezclas la reducción de las emisiones de GEI es mayor.

La “consolidación de la integración de las fuentes no convencionales de energías renovables (FNCER) a la matriz energética” que plantea las Bases del Plan va en la dirección correcta[4]. Como se recordará en el año 2014 fue expedida la Ley 1715 mediante la cual “se regula la integración de las energías renovables no convencionales al Sistema Energético Nacional” y, de paso, se promueve el uso racional y eficiente de la energía. Un paso fundamental se está dando con la primera convocatoria de una subasta convergente[5], a la que concurren generadores y comercializadores de energía, en la que se le abre espacio a las los proyectos de generación de FNCER, la cual se cierra el 26 de febrero. Con tal fin, se expidió el decreto 0570 de 2018 para posibilitar los contratos de largo plazo, los cuales, según las Bases del Plan “facilitarán la incorporación de las FNCER al Sistema Interconectado Nacional (SIN)” y permitirá el cierre financiero de los proyectos. Se prevé que “el Ministerio de Minas y Energía ajustará la regulación para facilitar la conexión de proyectos y entrega de energía de las FNCER, al modificar los códigos de redes, los reglamentos de operación del mercado y el reglamento técnico de instalaciones eléctricas”.

Es muy importante, para alcanzar la “consolidación de la integración de las fuentes no convencionales de energías renovables (FNCER) a la matriz energética” el reconocimiento que se busca con el artículo 162 al reconocer los nuevos agentes que nacieron con la Ley 1715, al dar lugar a nuevas actividades y eslabonamientos en la cadena de prestación de este servicio tan esencial. Es de anotar que con su entrada en vigencia se empodera al consumidor, que deja de ser actor pasivo y surge el Prosumidor, agente este que se desdobla como consumidor y al mismo tiempo generador de su propia energía, pudiendo vender al operador de red sus excedentes al igual que los autogeneradores[6]. Para que ello opere es fundamental agilizar el proceso instalación de los sistemas de medición avanzada bidireccionales[7]. Nos parece muy atinada la iniciativa que traen las Bases del Plan de integrar una “Misión para la modernización de los mercados actuales y la promoción de la innovación”, al tiempo que propende para que a  través de la UPME se vele por el buen uso de los recursos del Fondo de Energías no Convencionales y Gestión Eficiente de la Energía (FENOGE)  creado por la Ley 1715 de 2014. A través de este Fondo “se podrá financiar sistemas individuales de autogeneración con FNCER en ZNI y en el SIN”.

Es de destacar también la modificación que se propone del artículo 11 de la Ley 1715 de 2014, ya que a través del artículo 106 del proyecto se está extendiendo el incentivo de la deducción anual de su renta al ejecutor de los proyectos de generación a partir de FNCER el “50% del  valor de la inversión realizada” de 5 años que contempla la Ley a 30 años, “como fomento a la investigación, desarrollo e inversión en el ámbito de la producción y utilización de energía a partir de FNCER, la gestión eficiente de la energía”. Este es un gran apoyo e impulso a las energías renovables y limpias en este país.

El proyecto deja claramente establecidos dos pactos con el sector energético, el primero “por la calidad y eficiencia de servicios públicos para promover la competitividad y el bienestar de todos” y el segundo “por los recursos minero-energéticos para el crecimiento sostenible y la expansión de oportunidades”. En desarrollo de los mismos, se incluye en el artículo 16 que los recursos provenientes de la transferencia del sector eléctrico del 6% de las ventas brutas de energía por generación propia (artículo 45 de la Ley 99 de 1993, modificada por la Ley 1930 de 2018) “corresponderán a las CAR y a los municipios y que sean destinados a la conservación de los páramos constituyen rentas propias de estas autoridades, por lo que no ingresarán al Fondo Nacional Ambiental (FONAM)”, lo cual es muy conveniente. Esta es la oportunidad para que el Congreso de la República establezca que, así como las generadoras de energía hidroeléctrica cuya potencia nominal instalada supere los 10.000 kilovatios, hace esa tranferencia, dicha norma debería hacerse extensiva  a las generadoras de energía a partir de FNCER. De esta manera los municipios en donde se instalen estos proyectos de generación podrán recibir un beneficio tangible y concreto.

Un aspecto de la mayor importancia es garantizar el cumplimiento de la obligación que tiene el Estado alcanzar la cobertura universal del servicio de energía, como lo previó la Ley 143 de 1994, primordialmente a las zonas rurales y mejorar la calidad de las redes. Por ello es una muy buena noticia que se extienda, en virtud del artículo 17 del proyecto, la vigencia de los fondos con los cuales se puede cumplir dicho cometido (el FAER, el PRONE y el FAZNI) hasta el 31 de diciembre de 2030. Adicionalmente, según el artículo 159 para prestar los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica en zonas no interconectadas (ZNI) se podrán utilizar los recursos provenientes del FAER y  FAZNI “para la reposición de los activos necesarios”. Es de anotar que 223.688 hogares de los que carecen del servicio de electricidad están ubicados en zonas interconectables y 207.449 de ellos en zonas no interconectables.

Algo que favorecerá también a las zonas rurales, particularmente a a las ZNI, es lo previsto en el artículo 160: “soluciones energéticas financiadas por el Instituto de Planificación de Soluciones Energéticas (IPSE). Las entidades territoriales o entes prestadores de servicio que soliciten al IPSE la implementación de soluciones energéticas deberán recibirlas para su administración, operación y mantenimiento, garantizando su sostenibilidad”. Con ello se evita que las soluciones que se implementen queden expósitas, sin dolientes y la población permanezca sin el beneficio del fluido eléctrico, por pura negligencia de las autoridades o de los operadores de red.  

Siempre se ha dicho que en el Congreso de la República se sabe lo que entra, cuando se radican los proyectos, pero nunca se puede prever lo que sale al términos de los debates. Auguramos que el Congreso sea capaz de hacer bien su trabajo, de analizar, sopesar y mejorar el texto sometido a su consideración, toda vez que se trata, nada menos que de la hoja de ruta en lo que resta de este cuatrienio.¡ Amanecerá y veremos!

Amylkar Acosta, exministro de minas y energía

www.amylkaracosta.net


[1] El espectador. Febrero, 19 de 2019

[2] Portafolio. Febrero, 18 de 2019

[3] Amylkar D. Acosta. La amenaza silenciosa. Agosto, 12 de 2017

[4] Amylkar D. Acosta M. Crisis y oportunidad. Agosto, 26 de 2018/La hora de las energías alternativas. Septiembre, 19 de 2018

[5] Resolución 40721 y 40795 de 2018

[6] Resolución 030 de 2018

[7] Resolución 40072 de 2018

Autor

DEJA UNA RESPUESTA

Please enter your comment!
Please enter your name here

El periodo de verificación de reCAPTCHA ha caducado. Por favor, recarga la página.