Filibusterismo y pensiones

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Filibusterismo:

1. m. Actividad de los filibusteros.

2. m. Obstruccionismo parlamentario”. Diccionario DRAE.

“Se denomina «naranjazo»​ al discurso de quince horas y tres minutos realizado el 8 y 9 de noviembre de 2021 por el diputado socialista chileno Jaime Naranjo durante el debate de una segunda acusación constitucional contra el presidente de Chile Sebastián Piñera, debido a su implicación en los denominados «Pandora Papers». Debido a que la oposición no contaría con los votos necesarios para su aprobación hasta el vencimiento de las cuarentenas preventivas de los diputados Giorgio Jackson y Jorge Sabag, Naranjo decidió utilizar técnicas de filibusterismo hasta la llegada de ambos legisladores. Esto debido a un vacío legal en el reglamento de la cámara baja que permitió al presentador de la acusación constitucional exponer en el hemiciclo sin límite de tiempo. Según el propio Naranjo, su intervención se basó en la lectura de más de 1300 páginas con los datos de la acusación, extendiéndose desde las 10:24 de la mañana del lunes 8 hasta la madrugada del martes 9 de noviembre del 2021, cuando ya habían arribado los dos diputados faltantes. Este evento toma su nombre del «naranjazo» de 1964, que resultó en la inesperada elección del diputado Óscar Naranjo Arias y que repercutió en la elección presidencial de ese año.” (fuente. Wikipedia basada en relatos de la radio chilena.).

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Filibusterismo es la denominación empleada para caracterizar al obstruccionismo parlamentario, es decir cuando se utilizan tácticas para dilatar o impedir la votación de un proyecto de ley. Usualmente recurrido por la oposición en un parlamento. Esa amenaza obstruccionista se trató de emplear contra el proyecto de ley de la Reforma Pensional. No todos los opositores o quienes discrepaban en algunos puntos recurrieron a romper el quorum u otras tácticas obstruccionistas. Esa situación obligó a quienes defendían tal proyecto, a la proposición en donde se acogía el texto proveniente del Senado y así lograr aprobar el proyecto de Reforma Pensional. Si hubo suficiente discusión o no lo determinará la Corte Constitucional en su leal saber y entender. En todo caso, sería un vicio de forma, si acaso lo hubiere, o sea sería subsanable como lo establece la Ley 5 o Reglamento del Congreso de la República en el numeral 2 del artículo 2 y el 202 de dicha ley.

Esta práctica del filibusterismo, no sé si es o no legítima, su nombre parecería indicar que no lo es, desde luego serán los contextos políticos los que determinarán, tal vez, su legitimidad. Si la oposición se considera atropellada o negada en sus derechos podría considerarse de alguna manera la legitimidad de este procedimiento. La opinión pública es un poco ajena a estos juegos “democráticos” y los ve como propios del juego político, aun los que parezcan más “jugaditas” (nombre criollo del filibusterismo). A veces, como pelea de “tahúres”.

(Texto relacionado: Negociación de paz o negación de paz)

Sin embargo, estos malabares del juego parlamentario no dejan ver lo que realmente se está jugando en decisiones legislativas, inclusive los medios cohonestan de alguna manera el velo de intereses e imponen narrativas que no corresponden a lo que está en juego. Quizás porque hay que admitir que hay diversas narrativas y las miradas son diferentes aun tratándose de posiciones ideológicas distintas que valoran sucesos diferentemente. Y con esto quiero aludir, que, en el fondo en este proyecto de Reforma Pensional, estaba más en juego el manejo de los ingentes recursos del ahorro pensional: público o privado.

Más de 400 billones de pesos colombianos estaban en disputa, respecto de su manejo financiero. Los privados sostienen que el Estado al reclamar el manejo del ahorro pensional está “expropiando” un recurso que le pertenece a los trabajadores. Y el Gobierno y algunos analistas consideran que es un “regalo pulpito” esta gigantesca suma de dinero al sector financiero privado, una verdadera lotería pues es un ahorro “in crescendo” que no hay que devolverles a los ahorradores hasta muchos años después, o sea en 23 años. Mientras tanto disponen de un “gran capital pulpito”, mucho mejor que los tradicionales depósitos en la Banca. A su vez, los fondos privados, alegan a su favor que el régimen de prima media va a colapsar (o sea el de Colpensiones) por cuanto está basado en la solidaridad o sea que una generación paga la pensión de otra que entro en etapa de jubilación, es decir los jóvenes trabajadores pagan con sus aportes la pensión de los viejos, más lo que estos ahorraron que desde luego no alcanza para el pago de pensiones vitalicias que representen el 65% del sueldo promedio de los últimos años. En esto interviene la demografía o sea la ciencia de estudio de la población, que observa que en Colombia (y más en Europa) la población está envejeciendo y por tanto va a llegar un momento que hay más viejos que jóvenes y entonces no se va a poder ejercer el principio de solidaridad intergeneracional. Porque los que “pagan” se reducen y los que “reciben” aumentan.

Con la Reforma Pensional aprobada por el Congreso o sea la nueva Ley, hay un “empate” entre fondos privados y Colpensiones (prima media), aunque ésta última, la entidad estatal, recibe el monto de todas las pensiones sólo se queda con la contribución equivalente a salarios de hasta 2.3 millones y lo demás se lo gira a cada cuenta de ahorros que esté en los Fondos Privados. O sea, los mayores salarios van a cotizar a los fondos privados. Uno de los aspectos que se corrige es que ya no se van a dar esas “megapensiones”, por cuanto se les pone límite.

El pulso duro se dio entre dos sistemas que hasta ahora estaban compitiendo y por la nueva Ley entran a complementarse. De todas maneras, el manejo financiero del ahorro pensional irá a la banca privada en su mayor parte aún con la intervención mediadora del Banco de la República. En términos futbolísticos el partido va 1-1, aunque, el favorito de los medios sigue siendo los Fondos privados.

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*Víctor Reyes Morris, sociólogo, doctor en sociología jurídica, exconcejal de Bogotá, exrepresentante a la Cámara, profesor pensionado Universidad Nacional de Colombia.

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