Interesante preocupación

0
120

About The Author

Se vulnera con dicha decisión, no sólo la Constitución nicaragüense sino también los tratados internacionales vinculantes para el país en materia de derechos humanos.

(Lea también: Supremamente coherentes)

Es esa la que ha manifestado el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) como consecuencia de la decisión del señor Ortega en Nicaragua de expulsar de su país a 222 personas  y privar de nacionalidad a ellas y 94  ciudadanos mas de la tierra de Sandino y Rubén Darío.

La preocupación tiene motivos absolutamente relevantes.

Se vulnera con dicha decisión, no sólo la Constitución nicaragüense sino también los tratados internacionales vinculantes para el país en materia de derechos humanos, privando a los afectados de dichos derechos,  sin posibilidad de apelación de ningún tipo  dadas las características del régimen político imperante en ese país.

Ciertamente tiene razón el Alto Comisionado en su protesta, pero a uno, que ha manejado el mismo problema en Colombia, le sorprende que no existiere pronunciamiento similar con ocasión de la decisión del señor Registrador Nacional del Estado Civil de quitarle a más de 42 mil colombianos el “derecho de los derechos” como lo es la nacionalidad. Lo anterior, con ocasión de la implementación por su parte de un procedimiento sancionatorio fundado en la Resolución 7300 del 2021 expedida por dicho funcionario, la cual, a su vez, contraría intrínsecamente el debido proceso.

Con vista a esa Resolución 7300, los afectados perdieron su nacionalidad, convirtiéndo a algunos en apátridas y a la mayoría en migrantes irregulares. Los privaron de sus derechos políticos, del pleno acceso al sistema de salud y educación; los pusieron en riesgo de ser expulsados de Colombia y conforme a la normativa vigente en el país, los afectados quedaban privados de trabajar.

(Texto relacionado: Revictimizados)

Adicionalmente a ello, por efecto cascada, la decisión afectaba a la pareja e hijos que, como consecuencia de la decisión, perderían la residencia derivada de la visa otorgada en tal sentido a los primeros y la colombianidad que a los segundos corresponde por aplicación del artículo 96 de la Constitución Política de Colombia.

La explicación pública institucional a la decisión adoptada en Colombia fue que con ella se había depurado el censo electoral, por cierto en año de elecciones. Eso fue complementado con declaraciones de altos funcionarios de la dependencia que adoptó la decisión relativas a que los afectados, habrían presentado para su inscripción documentos o testigos falsos. De ser esto cierto, resultaría insólito que alguno de los afectados pudiere recuperar su nacionalidad pero no es así.

Desde que en febrero del 2022 se conoció la información de la decisión adoptada, una pequeña fundación como la nuestra -FUNDACION2PAISES- sin apoyo económico nacional o internacional, logró recuperar la nacionalidad cancelada, de manera plena y absoluta, a través de acciones de tutela, a más de 200 personas, sin que, a la fecha,  ninguna autoridad colombiana ni representante internacional alguno, hubiere levantado su voz de alerta por lo que ocurrió con esos paisanos de Nariño y Caldas afectados por lo que cualquiera pudiere denominar, una razzia.

Ojalá sirva la declaración citada para llamar la atención interna de lo que ocurrió en Colombia con esas 42 mil personas que tienen tanto derecho de ser sujetos de atención internacional como los nicaragüenses afectados. Pero que sobre todo,  tenían derecho a que las autoridades de su país, que a diferencia de Nicaragua, si es democrático, investigaren lo que con ellos ocurrió.

(Le puede interesar: Trato diferenciado)

*Gonzalo Oliveros Navarro, Magistrado del Tribunal Supremo de Justicia. Director de Fundación2Países @barraplural

Autor

DEJA UNA RESPUESTA

Please enter your comment!
Please enter your name here

El periodo de verificación de reCAPTCHA ha caducado. Por favor, recarga la página.