About The Author
Estamos frente a un Gobierno -un poder civil al que está subordinado el poder militar- que no reconoce el conflicto armado interno, que ha vuelto al discurso de la amenaza terrorista, que ha demostrado no tener un interés fehaciente de implementar el Acuerdo Final de Paz con las FARC.
A finales de Octubre de 2008, luego de la destitución de 27 militares en servicio activo -incluyendo tres generales y 11 coroneles – con motivo del escándalo por la desaparición de unos jóvenes en Soacha que fueron posteriormente reportados como guerrilleros dados de baja en combate, el periodista Félix de Bedout dio a conocer ante la opinión pública la Directiva No. 29 de 2005 del Ministerio de Defensa Nacional con asunto: “Política ministerial que desarrolla criterios para el pago de recompensas por la captura o abatimiento en combate de cabecillas de las organizaciones armadas al margen de la ley (…)”.
Aunque el pago de recompensas para hacer más efectiva la lucha contra la criminalidad organizada no es reprochable per se, lo cierto es que, en el contexto de 2005, los cuantiosos pagos (de hasta $5.000 millones) a personas naturales no militares por el suministro de información sobre cabecillas, material de guerra, redes de narcotráfico e insumos químicos contenidos en la Directiva 29, derivaron en casos de corrupción y de alianzas ilegales de algunos militares con terceros civiles para hacerse a esas grandes sumas de dinero. Entre otros, el editorial de El Espectador del 1 de noviembre de 2008 señaló que “la política de recompensas parece haber tenido consecuencias escabrosas” aludiendo al inusitado incremento en las denuncias por irregularidades en las bajas enemigas reportadas; en La W Radio se dijo que la “directiva gubernamental habría creado ambiente para ‘falsos positivos’”; y, en un reportaje de La Silla Vacía, luego de un debate en el Congreso de la República, se concluyó que “aunque no se ha establecido una relación causal directa entre esta directiva (secreta hasta que estalló el escándalo) y las ejecuciones extrajudiciales de jóvenes presentados luego como “falsos positivos”, es claro que la norma crea unos incentivos perversos”.

Y, dado el contexto político del momento, era previsible –y hasta inevitable– que esos incentivos (recompensas) se tornaran en perversos. Veamos:
La Directiva No. 29 fue expedida en noviembre de 2005, tan solo cuatro meses después de la sanción de la Ley de Justicia y Paz que previó el beneficio de penas alternativas de cinco a ocho años para los desmovilizados de grupos armados al margen de la ley responsables de los más crímenes graves cometidos durante y con ocasión de su pertenencia a esos grupos. Dicha ley benefició mayoritariamente a los ex miembros de las AUC que se desmovilizaron como resultado del proceso de paz del Gobierno Uribe, que culminó con el Acuerdo de Santa Fe de Ralito de 2003.
Luego de la desmovilización colectiva de las AUC, en el periodo clímax de la política de “Seguridad Democrática” del gobierno Uribe, la presión contra los grupos armados ilegales tenía nombres y apellidos: guerrillas, principalmente FARC y ELN. La demanda por resultados operacionales efectivos se tradujo en bajas enemigas (muertes de cabecillas, o body count), pues era esto lo que daba lugar al mayor incentivo monetario (hasta $5.000 millones).
El artículo publicado el pasado 18 de mayo en la primera página del New York Times hace referencia a una reunión llevada a cabo los días 18 y 19 de enero de 2019 en Tolemaida, donde el General Nicacio Martínez Espinel, Comandante del Ejército Nacional, en reunión con los comandantes de unidades del Ejército, les presentó los “Lineamientos del Comando en DDHH, DIH y Derecho Operacional” y la Disposición No. 002 del 10 de enero de 2019 “por medio de la cual se diseñan e implementan las Reglas de Enfrentamiento relativas al Uso de la Fuerza en las operaciones militares que desarrolla el Ejército Nacional en el marco de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario”.
Los documentos a los cuales alude con preocupación el NYT, que acompañaron esta presentación son “Cincuenta órdenes de Comando” y un documento de asunto: “envío planteamiento de objetivos de 2019”, donde se habló de “no exigir la perfección para realizar operaciones” y se pidió diligenciar una planilla con los objetivos operacionales en términos de afectaciones, entendidas como la suma de presentaciones voluntarias, capturas y muertes en desarrollo de operaciones militares.
De un primer análisis -meramente jurídico y fuera de contexto- de los documentos de Lineamientos y Reglas de Enfrentamiento, no hay forma de concluir que se trate de órdenes o lineamientos ilegales. Por el contrario, estos documentos reflejan un conocimiento profundo de las normas que regulan los medios y métodos de guerra, así como un ejercicio de décadas de lecciones aprendidas del desarrollo de operaciones militares en el conflicto armado. Asimismo, si se leen las “Cincuenta órdenes de Comando y el documento de “Planteamiento de objetivos de 2019”, de manera desprevenida como anexos a los documentos base, no se puede inferir o concluir ningún tipo de planteamiento ilegal.
Sin embargo, si hay algo de aprendizaje de la Directiva No. 29 de 2005, es que las órdenes y directivas, aunque teórica y técnicamente planteadas a la perfección, son siempre interpretadas y aplicadas en el contexto político en que se producen.
Es por esto que debemos leer los documentos del pasado enero en el contexto político actual.
En este ejercicio, lo primero es recordar lo que sucedió en la reunión de empalme del sector Defensa llevada a cabo en julio de 2018, donde el General (r) Leonardo Barrero, integrante del equipo de empalme del gobierno entrante, se opuso enfáticamente a la posibilidad de que el Centro de Rehabilitación Inclusiva -CRI- (que atiende uniformados que tienen algún tipo de discapacidad derivada del ejercicio de sus funciones) pudiera extender sus servicios a civiles, vaticinando que “aquí va a haber un escenario de confrontación”.
A esto se le suma, como en su momento lo alerté en “Un PND sin conflicto armado”, que estamos frente a un Gobierno -un poder civil al que está subordinado el poder militar- que no reconoce el conflicto armado interno, que ha vuelto al discurso de la amenaza terrorista, que ha demostrado no tener un interés fehaciente de implementar el Acuerdo Final de Paz con las FARC y, finalmente, que está ejerciendo una presión por presentar resultados operacionales en términos de bajas en combate, donde no se privilegia la desmovilización, el sometimiento o la captura.
Las órdenes del pasado mes de enero fueron emitidas por unos oficiales de las Fuerzas Militares que tienen el conocimiento e instrucción adecuados en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario; y que, a su vez, están sufriendo las consecuencias penales y reputacionales del escándalo de los “falsos positivos” promovido por un gobierno anterior que quería ver “litros de sangre”. Pero, tristemente, no se puede perder de contexto que esas mismas órdenes están siendo defendidas por un Gobierno que niega la existencia del conflicto armado interno y que quiere ver nuevamente repleto el CRI y el Hospital Militar; e interpretadas e implementadas por unos soldados de menor rango que, desafortunadamente, no tienen el bagaje suficiente, no han aprendido las lecciones del escándalo de 2005 y, por el contrario, sí tienen la presión inusitada de presentar resultados operacionales “efectivos”.
Cualquier directriz o política de mando debe siempre contar no sólo con un aval de derecho operacional, sino también con un filtro adecuado desde el nivel político. En este caso, nuevamente, la incoherencia y presión desde lo político ha generado graves riesgos en su implementación.
*Silvia Delgado Maldonado, Abogada de la Universidad Javeriana, LL.M en Derecho Internacional de la Universidad de Nueva York (NYU). Experta en el diseño de políticas públicas y en negociación en temas relacionados con conflicto armado y conflictividad social, @silviadelgadom