Maduro y un revocatorio sin sorpresa

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Maduro y un revocatorio sin sorpresa

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En los términos planteados en la Constitución, el referendo revocatorio es inviable y lo es más aun dada la naturaleza de quienes ocupan posiciones de poder en Venezuela.

Ha informado el Consejo Nacional Electoral venezolano que el referendo revocatorio contra el señor Nicolás Maduro no procedió pues no concurrió al evento realizado el pasado miércoles 26 el número mínimo de votantes que la Constitución exige -20% cuando menos del electorado -, el cual para ese evento constaba de 20.929.987 electores.

(Lea también: Más sanciones para Maduro, más equivocaciones de Guaidó)

En acatamiento a la decisión judicial emitida por el Tribunal Supremo de Justicia con ocasión del fallido referendo de similar naturaleza del año 2016, las personas que habilitarían la realización de la consulta debían manifestarlo en todos los estados del país, en el porcentaje señalado en el párrafo precedente.

En los términos mencionados, cualquiera que fuera de Venezuela siguiere con algún interés lo que ocurre en nuestro país diría que simplemente los proponentes del referendo no lograron su objetivo y, por ende, la decisión del organismo electoral venezolano se ajustó a la ley. Si llegare a esa conclusión por no conocer los detalles, ella sería errónea.

La última elección nacional realizada en Venezuela fue la del pasado 21 de noviembre y se correspondió con elecciones regionales y municipales. A la misma fueron convocados los mismos 20.929.987 ciudadanos que podían solicitar la activación del revocatorio contra el señor Maduro. Para esa elección, se habilitaron 30.206 mesas de votación  distribuidas en 4.262 centros destinados para ello.

Posteriormente, como consecuencia de la decisión judicial ya conocida que anuló las elección de gobernador del estado Barinas, el 9 de este mes se celebraron nuevos comicios a los fines de cubrir la respectiva vacante, en la cual – por corresponderse exclusivamente con ese estado – estaban facultados a participar 607.644 electores  que podían hacerlo en 961 mesas distribuidas en 543 centros de votación.

Si aplicaremos los principios previstos en los artículos 293 y 294 constitucional conforme a los cuales los órganos electorales  garantizarían  la igualdad, transparencia y eficiencia de los procesos electorales así como la participación en los mismos, la conclusión lógica sería que para un proceso donde estaban llamados a participar 20.929.987 de  ciudadanos, lo conducente sería un número de centros de votación y mesas electorales  similar al del último proceso electoral nacional celebrado con igual número de votantes, lo que implicaría 30.206 mesas de votación en 4.262 centros para ello. Sin embargo, ésa no fue la decisión del ente comicial para el caso del acto de activación del revocatorio realizado el pasado miércoles 9.

(Texto relacionado: Acuerdo de tres)

Para el evento en cuestión, el poder que debe garantizar la participación ciudadana solo habilitó 1.200 centros, es decir, el doble de lo que hizo para la elección de gobernador del estado Barinas, pero con la diferencia que en la elección de ese estado solo  participaban 607.644 electores y no 20.929.987  como podían hacerlo en la consulta que activaría el referendo.

Obsérvese que no hago mención alguna a la circunstancia que un alto dirigente político afecto a la gestión del señor Maduro – en una suerte de recordatorio de la Lista Tascón sancionada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos –  informare que pediría al Consejo Nacional Electoral los datos identificatorios de quienes participaren en dicha convocatoria. Seguramente lo hará y esos votantes, lamentablemente, serán víctimas de su accionar legítimo ,lo que les implicará riesgos de toda naturaleza en Venezuela pues ya de esa conducta, anunciada por televisión, hay experiencias. En todo caso, los derechos políticos son derechos humanos y tienen protección internacional, por lo que la decisión adoptada por el referido órgano electoral restringiendo la participación así como la anunciada televisivamente, alguna consecuencia pudiere tener hacia el futuro.

En los términos planteados en la Constitución, el referendo revocatorio es inviable y lo es más aun dada la naturaleza de quienes ocupan posiciones de poder en Venezuela. Bien haríamos los venezolanos en plantearnos, tal como ocurre con otras figuras como la reelección indefinida, su eliminación de la misma, salvo que, en el caso del revocatorio,  ello contraríe el principio de progresividad en cuyo caso corresponderá hacer los ajustes que fueren conducentes a los efectos de hacerlo efectivo.

Para mis pacientes lectores fuera de Venezuela, concluiré afirmando que no fue que el referendo lo ganó el señor Maduro, como seguramente sus copartidarios afirmarán y algún medio informará. Fue que, nuevamente, todos perdimos.

(Le puede interesar: Fecha fijada)

*Gonzalo Oliveros Navarro, Magistrado del Tribunal Supremo de Justicia. Director de Fundación2Países @barraplural

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