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Eso me he tomado.
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Desde mi llegada a Colombia el 29 de julio de 2017, he escrito una columna como esta, en promedio, una cada dos días. Por primera vez desde esa fecha me he tomado un reposo pero no por razones de descanso, sino diría abrumado por lo que observaba en el país, la lucha cainita por el poder, que se tradujo en la campaña más bestial de destrucción moral que hubiere observado previamente.
Preferí abstenerme de escribir alguna línea distinta a la que ya había publicado en atención a las decisiones que los factores opositores habían adoptado respecto de la candidatura unitaria, pues nada podía hacer respecto de lo que allí ocurría, para dedicar mi atención a pensar que requeriamos políticamente como país si el 28 de julio próximo se produce un cambio en la dirección de los destinos nacionales.
Como creo que la Constitución venezolana es el pacto social que debería regular nuestro accionar, he dedicado estos días de silencio a pensar cómo mejorarla. Y aún cuando el tema está crudo, vista la exigencia de algunos amigos que me han preguntado el motivo de mi omisión, cumplo lo ofrecido y hago público para que reflexionemos, parte de lo que he pensado..
Estimo que quien asuma la presidencia venezolana debe ejercer la facultad que le otorga la Constitución y proponer una reforma corta pero sustanciosa. En la misma considero debería proponerse la reducción del periodo presidencial a cuatro años con una sola reelección, inmediata o no, partiendo de la premisa que una persona solo puede ocupar la presidencia hasta por dos períodos continuos o no. Fundamento esa idea en la creencia que buena parte de nuestros males están en la existencia de esa figura en la carta magna.
Estimo igualmente que la misma limitación temporal -en cuanto a periodo de ejercicio- debería aplicarse también a gobernadores y alcaldes. La democracia se oxigena en la posibilidad cierta de rotación, así lo creo.
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En segundo lugar, me parece conducente que en una reforma se proponga la creación del senado, con atribuciones y forma de integración similar a las que este órgano tenía en la Constitución de 1961. Se discutirá si ello es posible por vía de ese mecanismo constitucional modificatorio y en lo personal lo creo porque se mantiene la estructura de cinco poderes.
A diferencia de lo que hicimos en él año 99 y está proponiendo hacer el señor Milei en Argentina, resulta pertinente regresar al sistema de la Constitución de 1961 referido al financiamiento por parte del Estado de los partidos políticos en función de los resultados electorales que obtienen. Ello a mi juicio es imperativo pues la actividad política es asunto de interés nacional y la ausencia de financiamiento público es lo que ha facilitado, entre otros elementos, el actual control institucional en el país.
Adicionalmente considero de importancia, establecer límites a los actores político partidistas de ocupar cargos de primer nivel en el poder Judicial, Electoral y Moral al igual que en el Banco Central de Venezuela y Pdvsa. Así, adicionalmente a los requisitos establecidos en la Constitución actualmente, agregaría la renuncia previa, debidamente documentada, a partido político alguno, con una antigüedad no menor a 5 años a contar del tiempo de una eventual aspiración a ocupar posiciones de primacía en esas instancias. Ello evitaría lo que hemos visto estos años de ver a militantes consumados, devenidos de un día para otro, en funcionarios de primer nivel, “independientes”.
Asimismo, estimo de importancia blindar el sistema de modificación de la Constitución. No debería poder enmendarse, reformarse o derogarse la Constitución sin un quórum mínimo de participación y de aprobación que lo permita. Es inadmisible que se previere en tal sentido un límite para que, por ejemplo, el referendo revocatorio tenga validez y no para que pueda modificarse o abrogarse la carta magna.
La vigente carta política venezolana no se ha puesto en práctica por el accionar de quienes han dirigido el país desde su promulgación. Ello sin embargo, ha permitido observar las falencias que tiene la misma producto de la conducta de quienes debieron cumplirla. Eso, a mi juicio, facilita la toma de decisiones respecto de qué elementos deben reformarse.
Quedan allí explanadas entonces algunas ideas para la discusión.
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*Gonzalo Oliveros Navarro, Abogado. Director de Fundación2Países @barraplural