Venezuela y la reinstitucionalización

0
452
Sacado de iStock

About The Author

Acordaron en México las partes en disputa en la crisis venezolana discutir en su próxima reunión lo relativo a la reinstitucionalización del país. La sola circunstancia de que ese tema esté sobre la mesa ya es una ganancia para todos. 

Sacado de iStock

Todos conocemos el aserto “cada cabeza es un mundo”, pero, si el mundo tiene dos, la situación es mucho más complicada – nadie lo dude – y ésa es la situación venezolana. Existe una bicefalía general que es menester resolver. 

Seguramente algunos considerarán, tal como lo sostuvieron quienes en enero del 2019 plantearon el cese de la usurpación, que era éste el primer elemento a resolver y allí tengo una suprema discrepancia, pues ése es un problema pero no EL problema. 

(Lea también: Doble victimización)

Formo parte del 96% de los venezolanos que desconfía del sistema de justicia e integro ese grupo de personas por considerar que un árbitro de conflictos no puede actuar como sparring de uno de los contendientes en la disputa que en el país se produce, sino como tercero que con vista a los límites constitucionales y legales debe decidirlo. 

Si se analiza con serenidad nuestra situación, se observará que los distintos poderes públicos que en el país actúan tienen como soporte de su accionar el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). Fue éste, cuando se llamaba Corte Suprema, el que abrió las puertas de una constituyente no prevista en el texto de la Constitución de 1961. Fue el mismo que, una vez electo los constituyentistas, decidió que los mismos podrían no solo discutir la constitución que propondrían sino que habrían de intervenir en todo lo que consideraren pertinente. Fue, asimismo, el que decidió que las inhabilitaciones que aprobaba el Contralor General de la República se hacían efectivas inmediatamente aún cuando no existiere condena penal, lo que fue rechazado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Leopoldo López, doctrina aplica posteriormente en Colombia para el caso Petro.

Fue también el TSJ el que permitió al señor Chávez plantear la enmienda constitucional relativa a la reelección indefinida, a pesar de que  esa propuesta había sido rechazada en la reforma que al país propuso, así como también fue el mismo órgano que dio luz verde al marco legislativo desarrollado en la legislatura del 2006-2011 relativo a esa reforma rechazada y fue, finalmente, para solo citar seis casos, el mismo órgano que decidió que la ausencia del señor Chávez el 10 de enero de 2013 a su toma de posesión no implicaba una falta absoluta y, por ende, elecciones en 30 días. 

Todo lo descrito tiene una explicación. 

(Texto relacionado: Indefinidamente imprescindibles)

Como consecuencia  de la sentencia del máximo tribunal del país en la cual determinó que los hechos de abril del 2002 no habían sido un golpe de Estado sino un vacío de poder, la reacción gobernante fue ampliar el número de magistrados del más alto tribunal del país y quien lideró en la Asamblea Nacional dicha posición afirmó que se incrementaría el número de magistrados pues los nuevos a designar tendrían una característica particular, su filiación al proceso político en curso en el país. Eso se aplicó a partir de esa fecha y se hizo palmariamente evidente en diciembre  del 2016 con la designación en 15 días de 13 magistrados principales y 20 suplentes, en contravía de todos los lapsos constitucionales y legales. 

La situación que describo es menester cambiarla. En atención a ello, cumpliendo la solicitud que el señor Gerardo Blyde, jefe negociador de la Plataforma Unitaria en México, hiciere a la sociedad civil en el sentido de plantear  mecanismos de solución a la crisis, como miembro de ella así lo hago: 

Que los políticos, a través de los órganos respectivos, acuerden la reducción del número de magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, que quienes ocupen esa posición lo hagan temporalmente hasta que la nueva Asamblea Nacional  haga la designación de los mismos conforme a la ley, que dicho tribunal temporal se integre con magistrados designados a partir del 2011, que como consecuencia de ello se modifiquen los artículos 8 y 9 de la Ley del Tribunal Supremo de Justicia, relativo el primero al número de magistrados y el segundo al número de causas que permitirían la integración de salas especiales, reduciéndolas. 

Nuestro conflicto debemos resolverlo nosotros. La propuesta va en ese sentido. Nadie impedirá que quienes creemos que eso debe ocurrir pongamos nuestro mayor esfuerzo para que ocurra.

(Le puede interesar: Diálogo venezolano, distintas expectativas)

*Gonzalo Oliveros Navarro, Magistrado del Tribunal Supremo de Justicia. @barraplural

Autor

DEJA UNA RESPUESTA

Please enter your comment!
Please enter your name here

El periodo de verificación de reCAPTCHA ha caducado. Por favor, recarga la página.