Venezuela y su impostergable reinstitucionalización

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Venezuela y su reinstitucionalización de poderes

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Los venezolanos debemos exigir – y nunca la expresión tuvo mayor importancia – la continuación de las negociaciones mexicanas pues es allí donde se podrán acordar las decisiones que permitan la reinstitucionalización nacional.

Venezuela y su reinstitucionalización de poderes

Lo que ha ocurrido en el estado Barinas a raíz de las elecciones regionales y municipales del pasado 21 de noviembre debería llevar a todos, actores políticos y ciudadanos, a una profunda reflexión que se traduzca en acción.

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Las elecciones se celebran, el general que controla el Plan República se reserva las actas como si él fuere autoridad electoral, el Consejo Nacional Electoral pretende verificar el resultado y quienes despachan como magistrados de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia  impiden la proclamación por una inhabilitación no publicada en gaceta ni notificada en modo alguno al afectado – y obvio señalarlo, sin juicio previo – por lo que anulan la votación y convocan nuevo proceso electoral. Ante esos hechos, es preciso hacer algunas precisiones.

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia está indebidamente integrada. En julio del 2017, la Asamblea Nacional designó a dos miembros principales y cuatro suplentes que no han podido incorporarse a sus funciones. El impedimento deriva de una serie de sentencias emitidas por la Sala Constitucional integrada también por tres magistrados que fueron sustituidos ese mismo mes y año 2017, lo que debe llevar a la conclusión obvia que la misma también se encuentra indebidamente conformada, originando con ello el caos institucional existente en el país.

Respecto de las inhabilitaciones administrativas para cargos de elección popular, el parlamento del período 2000 – 2005 estableció que el Contralor General de la República lo podía hacer. También es verdad que, en la reforma de dicho instrumento legal por parte del parlamento 2006 – 2011, ello fue ratificado, pero es indubitable que el artículo 65 de la Constitución venezolana establece que ellas sólo proceden cuando exista sentencia firme y éstas solo las emiten jueces, lo que hace a todas luces inconstitucional la disposición legal, a pesar de las interpretaciones que en contrario ha realizado la Sala Constitucional y que generó la sentencia de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos en el caso Leopoldo López.

Por lo que se refiere a la actuación del señor General que en el referido estado dirigió el Plan República, reitero lo escrito hace dos días. Ese es un acto tan civil como lo es una asamblea de propietarios de un edificio o de accionistas de empresas públicas o del Estado o de integrantes de cualquier asociación civil, donde para nada intervienen los señores de charreteras. Que los de uniforme se dediquen a las actividades que les son propias, lo que buena falta nos hace como país.  

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He dejado de último y adrede la actuación del Consejo Nacional Electoral. La circunstancia de que el mismo esté integrado, a contravía de lo que establece la Constitución, por simpatizantes de partidos políticos o independientes con afecto a determinadas parcialidades origina que estas últimas priven sobre lo que establece la ley. Al respecto reiteraré que en una eventual reforma constitucional, ellos deben formar parte del referido órgano, con todo y sus simpatías, pero que en éste deben estar integrados verdaderos árbitros, esos que, independientemente de sus querencias, resuelven las situaciones de su competencia con estricto apego a la ley, tal como ocurría con el Consejo Supremo Electoral de la democracia.

Nada de lo que ha ocurrido se resolverá por arte de magia. Es menester negociar, dialogar, consensuar para que ello sea posible. A la fecha, lo único que hemos visto es imposiciones por la fuerza de los hechos las cuales – así lo creo – buscan demeritar el voto como instrumento de cambio,  pues es éste el que siempre termina poniendo contra las cuerdas a quienes buscan generar  violencia como salida a la situación política del país.

Los venezolanos debemos exigir – y nunca la expresión tuvo mayor importancia – la continuación de las negociaciones mexicanas pues es allí donde se podrán acordar las decisiones que permitan la reinstitucionalización nacional. La circunstancia que por los próximos tres años no esté previsto de manera ordinaria un evento electoral facilita el que esas negociaciones puedan realizarse con la sensatez requerida a los efectos de reconstruir el entramado jurídico e institucional que el país requiere.

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*Gonzalo Oliveros Navarro, Magistrado del Tribunal Supremo de Justicia. Director de Fundación2Países @barraplural

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