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Es indudable que los dos últimos gobiernos de Colombia han tratado de afrontar el fenómeno migratorio venezolano, diseñando políticas públicas que, lamentablemente, generan en el empresariado y en las mismas autoridades, confusión. La existencia de distintas modalidades de Permiso Especial de Permanencia – PEP – a eso han llevado.

En efecto, el PEP se implementó por primera vez para quienes habían ingresado al 28 de julio del 2017 por puntos fronterizos a Colombia sellando su pasaporte, siendo el último de ellos el aplicable a quienes lo hicieron en cualquier fecha anterior al 31 de agosto pasado –con el mismo requisito- tal como fue acordado en la última disposición emitida al respecto este año.
También creó el PEPRAMV derivado del Registro Administrativo de Migrantes Venezolanos para quienes en él se habían inscrito al 8 de junio de 2018; igualmente, se implementó para los militares y fuerzas policiales que pasaron al país para mayo del 2019 en apoyo a la gestión de Juan Guaidó y, finalmente, en enero de este año el señor Presidente Duque creó el PEPFF, es decir el Permiso Especial de Permanencia para el Fomento de la Formalización, aplicable a quienes accedan a una oferta de trabajo o de prestación de servicios.
Está ocurriendo, sin embargo, que, quienes quieren contratar a un connacional exigen a éste que tenga este último instrumento y sucede y acontece que, a diferencia de los tres primeros mencionados, la modalidad del último de los referidos requiere para su emisión la voluntad de un contratante anterior a la emisión del mismo, dispuesto a incorporar a su plantilla por no menos de dos meses ni más de dos años al respectivo connacional, que diligencie lo conducente ante el Ministerio del Trabajo y Migración Colombia.
La confusión existente origina que, cuando un compromisario se interesa en los servicios de un venezolano, le exige tener el PEP y puede ocurrir que, de no formar parte éste de la plantilla beneficiaria de las tres primeras modalidades de dicho instrumento, solo sea posible aplicar a la última, lo que el contratante desconoce y, por ello, descarta incorporar a su nómina al venezolano que había llamado.
Uno cree que la mejor manera de resolver esa situación es estableciendo, aparte del sistema de visados, un único mecanismo de identificación al natural venezolano en Colombia que a esta tierra llegue con la finalidad de incorporarse económicamente a la misma.
Con base en lo expuesto, quien no pueda acceder a visa acudiría al mecanismo del Permiso Especial de Permanencia a los efectos de hacer efectiva la referida incorporación.
Ello se lograría abriendo de manera permanente un registro de identificación para los venezolanos que opten al segundo mecanismo, lo que originará que Colombia conozca debidamente que connacional aquí se encuentra, dónde reside y qué sabe hacer, a la vez que facilita el acceso del venezolano al mercado productivo, limitando con ello la competencia desleal con el colombiano, motivo de prácticas xenófobas. Igualmente, evitará la excusa de la ausencia de documentación como argumento de mendicidad y aliviará la carga que tiene cancillería respecto de las solicitudes de refugio humanitario.
Empieza el mes de diciembre. El señor Director de Migración Colombia anunció meses atrás que para este mes habrían de adoptarse decisiones atinentes al problema que planteo. Con sumo interés, todos – venezolanos y también colombianos – estamos atentos a lo que ocurra.
*Gonzalo Oliveros Navarro, Magistrado del Tribunal Supremo de Justicia. @barraplural
En mi caso he intentado varias veces y me dicen q mi pep-ramv no me quieren contratar y me dicen q no sirve para trabajar
No entiendo si clara.e.te dice q sirve para cualquier contrato de trabajo siempre me niegan la oportunidad