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La detallada lectura del Estatuto de Protección que la administración del señor Presidente Duque ha creado para los migrantes venezolanos nos permite afirmar que el mismo es un compendio de las políticas públicas que los dos últimos gobiernos del país han diseñado para aplicar a la migración venezolana, con avances de importancia y carencias que habrá que resolver.

Si hacemos un paralelismo entre las disposiciones existentes hasta antes del mismo y las comparamos con las que éste contempla, observaremos que ambos gobiernos permitieron a migrantes que llegaron en condición de regularidad migratoria – en distintas fechas – acceder al Permiso Especial de Permanencia. Eso se hará con el Estatuto para quienes a Colombia lleguen por los próximos dos años.
Si pensamos en la migración irregular, nos viene a la mente el PEP RAMV, derivado de la implementación del Registro Administrativo de Migrantes Venezolanos que ideó la administración Santos en la recta final de su gestión y que permitió inscribir en el mismo a más de cuatrocientos mil connacionales que en esa situación estaban.
Asimismo el tema de la regularización de refugiados fue igualmente implementado por la gestión del Presidente Duque como consecuencia de la suscripción con la administración Guaidó en mayo del 19 de un memorándum que permitió que las fuerzas militares y policiales que habían decidido respaldar el accionar de la Asamblea Nacional y su presidente pudieren acceder al PEP que con vista al mismo se otorgó, para lo cual debían renunciar al refugio solicitado.
Todas esas medidas se encuentran recogidas en el nuevo Estatuto, lo que nos lleva a utilizar la expresión compendio ampliamente conocida.
No se limitó sin embargo el gobierno del señor Presidente Duque a reiterar las políticas desarrolladas previamente por el país sino que dio un paso más.
En efecto, en la normativa aprobada se amplía a diez años el tiempo durante el cual podrán permanecer en el país y estudiar, trabajar, emprender y acceder a salud, las personas que se inscriban en el registro respectivo y accedan a la protección que se deriva del mismo, sino que también, en un cambio de 180 grados, computa para acceder a una visa de permanencia en el país el tiempo que quienes se acojan a la protección tendrán en Colombia, a la vez que lo hace de manera retroactiva con quienes tienen PEP.
La política diseñada sin ninguna duda facilita la integración a Colombia de sus beneficiarios. Quedará por resolver lo concerniente a quienes fuera de la misma quedan, lo que seguramente quedó expresado en las más de trescientas observaciones que al Estatuto se le hicieron. En todo caso, lo acordado es un gran avance que como venezolanos agradecemos.
*Gonzalo Oliveros Navarro, Magistrado del Tribunal Supremo de Justicia. @barraplural