Autocorrección

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“El problema humano no está tanto en las metas que nos proponemos o en la frustración que nos producen, sino en la forma de desear”.

“La paz es una urgencia, una necesidad y una condición para construir una sociedad en la que los colombianos podamos vivir ejerciendo nuestro derecho a ser distintos”

“No se puede respetar el pensamiento del otro, tomarlo seriamente en consideración, cuando se habla desde la verdad misma, cuando creemos que la verdad habla por nuestra boca; porque entonces el pensamiento del otro solo puede ser error o mala fe; y el hecho mismo de su diferencia con nuestra verdad es prueba contundente de su falsedad sin que se requiera ninguna otra.” Estanislao Zuleta (Filósofo y pensador autodidacta colombiano.1935- 1990).

(Lea también: Negociación de paz o negación de paz)

He titulado este escrito como “autocorrección” para hacer una aclaración producto de una reflexión, quizás más compleja de lo expuesto en columna anterior sobre las tesis de Johan Galtung, sociólogo noruego (1930-2024), en cuanto suministra una posible explicación sobre la permanencia latente o activa de los conflictos, en razón de que lo que se negocia son frecuentemente los medios empleados en los procesos conflictuales. Sin embargo, creo que hay procesos de conflicto en donde lo que se puede negociar es sobre el empleo de medios (por ejemplo, violentos). Y es el caso de las negociaciones con la insurgencia. Lo que básicamente se puede negociar con estos grupos armados, son las condiciones de desarme, de renuncia a la violencia para obtener sus objetivos políticos (si los tienen). Y esta es una negociación básicamente sobre medios. Es decir, si un grupo en su programa político tiene la finalidad, por ejemplo, de imponer el socialismo estatista, eso no se puede negociar a menos que haya identidad total con ese propósito entre las partes. En estos casos, no podría cumplirse la teoría de Galtung, pero si ofrecer a quienes tienen una finalidad política participar en condiciones democráticas para luchar por sus objetivos, con todas las garantías, además de posibles amnistías, perdones judiciales, etc.

Posiblemente, se considerará por parte de estos grupos armados organizados, que sus pretensiones queden consignadas en un Gran Acuerdo, y de lo que podrían jactarse, pero el único juego posible victorioso en una democracia es la apelación al voto libre ciudadano y ser mayoría y no que se le otorgue por un Acuerdo el logro de sus objetivos políticos. No es absoluto que algunas cosas de finalidad política no puedan aceptarse, siempre y cuando correspondan al Marco Constitucional vigente.

Entonces, la precisión consiste en que, si bien el aserto de Galtung es generalmente válido, hay asuntos de medios empleados en los conflictos, en los que se debe y puede negociar en cuanto a su no admisión absoluta:  sobre el  uso de acciones especialmente violentas que afectan a la población civil, el secuestro, la extorsión, el daño ecológico, el desplazamiento poblacional, el reclutamiento de menores, la colocación de minas explosivas subterráneas, el no uso de escudos humanos y en general las violaciones al Derecho Internacional Humanitario.

Es difícil una negociación basada solo en la convicción de la voluntad de un posible desarme, la cual es la única garantía de un logro de Paz. Esa entremezcla observada de pretendida acción política con actividades de rentas ilícitas, en un continuum en donde no se sabe si es insurgencia (actor político) o delincuencia común (actor criminal), lo que oscurece el propósito de la negociación y así mismo la viabilidad de la “Paz Total”.  De tal manera, que el Estado no puede renunciar al ejercicio legítimo de la fuerza legítima, a pesar de la dificultad de tener a la población civil de por medio, y los costos que esto supone. El Estado no puede tener “escrúpulos de conciencia o ideológicos” en el empleo de la fuerza si se ve obligado a ello para defender la vida y bienes de los ciudadanos y lo públicos, si no hay otra opción, eso si el DIH y la Constitución y las leyes de la República por delante.

(Texto relacionado: Desastre de Desastres)

La verdadera voluntad de Paz se medirá con la aceptación de un posible desarme o abandono de las armas, sin el cual no es posible ningún entendimiento con el Estado. No se trata de exigirlo como condición previa, sino como voluntad de llegar a ello. De lo contrario será infructuoso cualquier proceso.

Es cierto que conducir estos procesos no es fácil porque se representan cosas muy distintas entre las partes negociadoras. En principio son dos oponentes, pero no iguales, uno es el Estado colombiano y otro son los insurgentes. Se parte de una voluntad de Paz, aunque puedan entenderse de una forma distinta (casi siempre) por cada una de las partes. Pero si se sientan a negociar es porque quieren llegar a una situación distinta.

Permítaseme una acotación en la relación de las negociaciones de Paz y las normas constitucionales. La Constitución que nos rige (1991) es una carta de una nueva generación de normas en donde se privilegia los derechos fundamentales de las personas y la misionalidad institucional al servicio del bienestar colectivo. Sin embargo, hay que entender que lo que propone la Constitución debe considerarse como un programa de logros, que se van alcanzando por el esfuerzo colectivo. No porque lo decrete la Constitución se hace el milagro del logro. Comparto la visión del constitucionalista español Eliseo Aja (1946-2022) quien, en una presentación del libro del jurista socialdemócrata alemán, Ferdinand Lasalle (1825-1864), ¿Qué es una constitución?, plantea con claridad el entendimiento de una constitución como un programa de Estado, con separación de poderes, como una vocación de nación a determinados logros para la comunidad ciudadana que la involucra. Esta acepción o concepción podría parecer equivocada frente a quienes invocarían que la Constitución es de obligatorio e inmediato cumplimiento porque de lo contrario se convertiría en una excusa su no cumplimiento, pero lo que debe demostrar quien administra al Estado es que su acción va dirigida precisamente a esos logros que la Constitución ordena.

(Le puede interesar: ¿Expropiación blanda?)

*Víctor Reyes Morris, sociólogo, doctor en sociología jurídica, exconcejal de Bogotá, exrepresentante a la Cámara, profesor pensionado Universidad Nacional de Colombia.

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