La trata de personas en Santa Marta: visible e invisibilizada

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No aparecen priorizadas en el plan de desarrollo distrital acciones para lucha contra la trata de personas; el comité anti-trata del distrito aún no es funcional; las instituciones educativas en la ciudad no poseen las herramientas para la prevención y la detección de casos.

Desde hace más de medio siglo, la lucha contra la trata de personas se convirtió en parte de la agenda política del mundo. En el caso colombiano, se relacionó inicialmente con la historia reciente de violencia socio-política. La escalada de sangre y terror derivada de la expansión paramilitar, más la perpetuación de inequidades, resultado del auge de la industria minera, evidenció la necesidad de implementar con rigor políticas y acciones afirmativas ante el aumento en 2002 del 29,47% de víctimas de desplazamiento forzado en el territorio nacional.  

En 2005, con la Ley 985, se sentaron las bases de la política anti-trata de Colombia, con los lineamientos para la creación y puesta en marcha de comités interinstitucionales y la estrategia nacional para prevenir, proteger y asistir a las víctimas de trata, especialmente, a quienes se encontraban en mayor situación de vulnerabilidad como consecuencia del conflicto armado interno. En el artículo 188A de dicha ley, se tipificó el delito de la siguiente manera: “El que capte, traslade, acoja o reciba a una persona, dentro del territorio nacional o hacia el exterior, con fines de explotación, incurrirá en prisión de trece (13) a veintitrés (23) años y una multa de ochocientos (800) a mil quinientos (1.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes.” Esto deja claro que la trata de personas es un delito que no solamente ocurre cruzando fronteras, sino también de manera interna, lo que tiene unos efectos importantes, si se tiene en cuenta que, a su vez, el consentimiento de la víctima no constituye causa de exoneración penal. 

No obstante, a pesar de que en materia normativa en la política anti-trata en el país los instrumentos sustantivos se encuentran acordes con el marco internacional y actualizados, el quiebre se ha presentado en la gestión y ejecución por parte de las entidades estatales.  De acuerdo con Fontaine y Montenegro (2014), los procesos se han enfocado principalmente en los temas de seguridad nacional y no en la generación de acciones eficaces de prevención, afectadas por las dificultades políticas y diplomáticas para desarrollar una agenda común, con países fronterizos para hacer frente a los casos de trata transnacional. 

Mucha agua ha corrido debajo del puente y luego del 2005 el delito ha ido tomando matices que deben ser tenidos en cuenta a la hora de desarrollar estrategias de prevención, protección o asistencia, sobre todo a nivel interno. Durante este primer semestre del 2021, en el marco de la consultoría en la que estuve como investigadora principal en Santa Marta, logramos evidenciar como uno de los principales factores de riesgo frente a este delito el desconocimiento existente tanto en la población más vulnerable, como por parte de los funcionarios de las instituciones que hacen parte de la ruta de atención y que tienen responsabilidades en materia de política pública y en los procesos de investigación y judicialización. Un hallazgo que de hecho resulta recurrente en las caracterizaciones previas que se han hecho en Colombia desde 2006 y que nos lleva a una reflexión en cuanto a la complejidad de un delito pluriofensivo, constituido por varios elementos, a saber, acciones (captar, trasladar o acoger), medios (uso de la fuerza, fraude, engaño, abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios, entre otros) y fines (explotación sexual, laboral, trabajos forzados, mendicidad ajena, matrimonios serviles u otras formas de explotación). 

En el panorama internacional, la dinámica migratoria actual plantea desafíos en esta materia, con la situación de miles de venezolanos que han salido masivamente de su país en una emergencia humanitaria derivada de los conflictos sociales y políticos que han disminuido la calidad de vida en Venezuela y que ha obligado a salir en búsqueda de refugio u otras oportunidades. En este contexto, Colombia figura como el principal país de destino ya sea para establecerse permanente o temporalmente. En 2018, el país ecibió alrededor de 1.174.000 venezolanos con altos niveles de vulnerabilidad, configurándose como una población que requiere urgentemente prevención, atención y dignidad, en un contexto de alta discriminación y xenofobia (Ministerio del Interior, 2018).

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Con base en los datos del observatorio del delito de trata de personas del Ministerio del Interior, entre 2013 y 2020, se registraron en Colombia 686 casos de trata de personas de los cuales el 82% de las víctimas fueron mujeres. De acuerdo con estas cifras, 408 casos fueron con fines de explotación sexual, 134 trabajos forzados y 48 matrimonios serviles. Las comunidades más afectadas fueron las poblaciones de migrantes y refugiados de nacionalidad venezolana, desplazados, indígenas, personas en situación de discapacidad y afrocolombianos, en territorios donde existe una fuerte presencia de grupos armados ilegales. 

Al respecto de este último punto, la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito desde 2020 ha denunciado que los grupos armados alrededor del mundo están fortaleciendo sus rentas criminales a través de la trata de personas y el tráfico de inmigrantes, reclutando niños y niñas para la guerra y explotando sexualmente a las mujeres. De acuerdo con este informe, las poblaciones desplazadas suelen ser las más vulnerables al delito de trata. En el caso colombiano, los antecedentes históricos relacionados con el conflicto armado marcan la pauta y evidencian la necesidad de luchar contra este delito y contra los que han estado conexos, como el tráfico de drogas y armas. 

El diagnóstico realizado en Santa Marta contó con información documental suministrada por las instituciones, entrevistas semiestructuradas a población en riesgo, sobrevivientes, funcionarios públicos y miembros de organizaciones de la sociedad civil, una encuesta de percepción social sobre la trata de personas, con una aplicación de 166 formularios y un ejercicio simultáneo de sensibilización en el que, mediante diferentes canales de difusión, alcanzamos a más de 1.500 personas.  

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Dentro de los resultados principales, encontramos que el 38% de las personas encuestadas confunde o desconoce completamente el delito, que en los registros que lleva la Policía Metropolitana de Santa Marta, entre 2017 y 2021, solo hay reportados seis casos en la ciudad. No obstante, en el Sistema de Información Misional del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF – aparecen 16 casos descritos como explotación sexual, trabajo infantil y trata de personas. Por otro lado, no aparecen priorizadas en el plan de desarrollo distrital acciones para lucha contra la trata de personas; el comité del distrito aún no es funcional; las instituciones educativas en la ciudad no poseen las herramientas para la prevención y la detección de casos; algunos funcionarios públicos no logran identificar correctamente el delito, por lo que entre organizaciones defensoras de derechos humanos e instituciones se han presentado discrepancias asociadas a estereotipos de género, especialmente en lo relacionado con casos de explotación sexual de niños, niñas y adolescentes y la prostitución. Algunas entidades manifestaron haber reportado casos de trata de personas pero que, en las instancias de judicialización, existe una tendencia a tipificar otros delitos. Esto plantea una serie de barreras que, junto al desconocimiento social de la trata de personas, dificulta la denuncia y atención de casos. 

En cuanto a la caracterización del delito, se pudieron identificar fines de explotación sexual, laboral, mendicidad ajena, reclutamiento forzado de niños, niñas y adolescentes, matrimonios serviles y servidumbre. La captación se está dando principalmente a través de redes sociales con ofertas engañosas de trabajos, estrategias de enamoramiento, la referencia de amigos y familiares en el país o ciudad de origen o con promesas falsas de ayudas humanitarias, esta última, especialmente utilizada con población refugiada o migrante de nacionalidad venezolana. Dentro de los medios empleados, se encontraron la generación de deudas y el abuso de una situación de vulnerabilidad como los más frecuentes para someter la voluntad de las víctimas, en particular de aquellas que son explotadas dentro de la misma ciudad. Los migrantes en condición de irregularidad son captados con fines de explotación laboral de una localidad a otra. 

Estos resultados plantean retos y desafíos asociados a las acciones que desde la política pública deben implementarse para fortalecer la capacidad de respuesta y atención de las instituciones a las víctimas y los procesos de investigación y judicialización de los casos. El análisis de contexto permite ampliar la comprensión del fenómeno, en el que existen paradigmas y estereotipos de género, así como la naturalización de formas de explotación que están invisibilizando los casos y desconociendo la realidad de la ciudad. Debemos seguir ahondando en estos fenómenos de manera integral y retomar los aspectos jurídicos y sociales para la generación de conocimiento que permita visibilizar un flagelo que no es invisible, sino que históricamente ha sido invisibilizado.

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*Norma Vera Salazar, defensora de derechos humanos, investigadora, activista de género. @NormaVeraSa

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