La diferencia

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En esta tierra de Nariño y Caldas, para sorpresa de algunos venezolanos, el señor presidente Petro fue de los primeros en rechazar la medida.

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En Caracas, este último día de junio del año 2023, el militante gubernamental que por decisión de sus compañeros   ejerce como contralor de la república, ha inhabilitado para el accionar político a  Maria Corina Machado, lo cual generó reacciones en distintas partes del mundo, incluyendo Colombia.

En esta tierra de Nariño y Caldas, para sorpresa de algunos venezolanos, el señor presidente Petro fue de los primeros en rechazar la medida.

La verdad, a pesar de que, como venezolano que no participa de la política interna del país, pero que por obligación y por gusto, hace seguimiento al devenir interno, no me ha sorprendido la reacción presidencial colombiana.

Ha sido coherente el señor Petro en reclamar, tanto internamente como fuera de las fronteras colombianas, el mismo principio, ese según él cual no puede un ente de control no judicial, impedir el ejercicio político sin sentencia penal. De hecho, ha llegado él al extremo de reclamar la actuación del poder judicial peruano en el caso de la decisión adoptada por éste respecto del señor Castillo. Por tanto, en el caso de las inhabilitaciones sin sentencia, ha sido absolutamente coherente.

Debe recordarse que en Colombia, siendo el actual presidente alcalde mayor, el procurador de la época, el señor Ordoñez lo inhabilitó para ejercer funciones públicas. Esa decisión fue recurrida internamente y al no obtener plena satisfacción de su pretensión, la misma fue conocida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Esta, en julio de 2020 sentenció contra Colombia, reconociendo la violación de los derechos políticos del afectado y ordenando, no solo indemnizaciones pecuniarias así como medidas de satisfacción para este, sino también instruyendo a Colombia respecto de la necesidad de que la misma modificare su legislación para ajustarla a los estándares exigidos por ella, lo cual Colombia hizo aún cuando, ciertamente, no a satisfacción de dicho organismo judicial internacional. Nada de eso, sin embargo, podrá ocurrir en Venezuela y esa es la diferencia entre nuestros dos países.

A la señora Machado de nada le valdrá acudir a instancias judiciales venezolanas por sentirse afectada por dicha decisión pues cuenta con el respaldo del texto del artículo 65 de la Constitución venezolana que establece la necesidad de sentencia judicial penal para que ello pueda ocurrir, tal como lo exige la Corte Interamericana y lo obliga la Convención Americana sobre Derechos Humanos y ello por distintos factores, cada uno de primera importancia.

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El primero, que Venezuela no forma parte del sistema interamericano de derechos humanos pues el señor Chávez del mismo nos excluyó y por tanto no tendría ella la oportunidad de que, agotados los mecanismos internos, a este acudiere.

El segundo, que a pesar de que la ley venezolana tiene establecida en el artículo 4 de su Código Civil la forma como debe interpretarse la ley, la Sala Constitucional del máximo tribunal del país, que bien le sirvió al señor Chávez especialmente a partir del 2005 y lo ha hecho sin pausa al señor Maduro, interpretó el texto constitucional en relación con las inhabilitaciones, en contravía del texto constitucional permitiendo las inhabilitaciones políticas, casualmente siempre, de adversarios políticos en sede administrativa, bajo el argumento que la ley que rige el órgano contralor lo permite. Ello a pesar de que no se necesita ser abogado para comprender que el texto de una ley no puede contrariar la Constitución.

El tercero y no menos importante, el estado del poder judicial venezolano, totalmente cooptado por el partido de gobierno y absolutamente desinstitucionalizado a su más alto nivel.

Esas diferencias entre nuestros dos países, originan que la decisión adoptada -hoy contra María Corina Machado y mañana, nadie lo dude, contra otros- sólo podrá revertirse cuando se modifique la institucionalidad venezolana.

Mientras eso ocurra, corresponderá a todos los que creemos en la democracia y en el imperio de la ley, hacer todo lo que al alcance de cada uno esté para denunciar el hecho y explicar la realidad institucional venezolana.

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*Gonzalo Oliveros Navarro, Abogado. Director de Fundación2Países @barraplural

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