Feminicidio III – perspectiva de género en la administración de justicia

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Aunque la perspectiva de género ya se aplica en la administración de justicia, se deben hacer esfuerzos mayores para que las mujeres tengan una protección mayor por parte del Estado Colombiano.

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El pasado miércoles 29 de mayo, otro caso de feminicidio ocurrió en la capital, específicamente en el Centro Comercial Santa Fe. Ella era Stefany Barranco Oquendo, quien fue asesinada en su lugar de trabajo por Iván José de La Rosa. Al día siguiente se conoció el caso de Natalia Vásquez Amaya asesinada por Fabián Riveros en el barrio Tierra Linda.

La procuradora Margarita Cabello dijo que 18 mujeres por mes han sido asesinadas, situación que continúa ocurriendo a pesar la existencia de entidades del orden nacional y distrital que atienden los casos, sin embargo, las medidas son insuficientes porque las dos víctimas habían denunciado los hechos ante las autoridades. La publicación del portal Volcánicas relata los casos y expresa algo que es muy delicado, los feminicidas asesinan a sus victimas porque pueden, porque pese a las denuncias que realizan las mujeres las medidas no son eficaces y se requiere mayor atención. El caso de Natalia Vásquez deja ver la cruda realidad que vive quien es víctima.

Natalia fue asesinada por Fabián Riveros, ella había estado en la Casa de Refugio de la Secretaría de la Mujer por las amenazas de su expareja. Tenía medidas de protección otorgadas por la Comisaría de Familia, sin embargo, era claro que Riveros la podía perseguir, ubicar y violentarla sin problema, por la falta de acompañamiento de las autoridades.

Aunque existen algunos avances en la política de estado para controlar el delito de feminicidio, han sido insuficientes, para contrarrestar el volumen de casos reportados; que según la procuradora son alrededor de 90 feminicidios en lo que va corrido del 2024. El Gobierno mediante la Ley 2356 de 28 de mayo de 2024 eliminó beneficios para los condenados y detenidos por el delito de feminicidio, para que los condenados cumplan la totalidad de sus penas en centros penitenciarios.

El Ministro de Justicia, Néstor Osuna, el pasado mes de abril resaltó la urgencia de crear una jurisdicción especializada para atender delitos de violencia de género, resaltando la situación que reporta España logró llegar a una sentencia en el 67% de los casos con rapidez, y Guatemala en los 11 departamentos que hay juzgados especializados, la tasa de condenas llegan al 30% de las denuncias a diferencia de los departamentos que no tienen.

Tomado de: x.com/MinJusticiaCo

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Aunque la perspectiva de género ya se aplica en la administración de justicia, se deben hacer esfuerzos mayores para que las mujeres tengan una protección mayor por parte del Estado Colombiano. En tal sentido resalto el caso aplicado por la Juez 44 penal del Circuito de Bogotá, no siendo este un caso de feminicidio, vale la pena observarlo por su desarrollo para el reconocimiento como víctima a la señora Deyanira Gómez en el caso del señor expresidente Álvaro Uribe quien también había sido reconocida en el caso del abogado Diego Cadena, acusados por presunto fraude procesal y soborno a testigos.

Tomado de youtube.com/ElEspectador

Ella hace uso de esta herramienta, para identificar circunstancias de violencia psicológica expresado en varias misivas ante las autoridades públicas, respecto a la situación de su compañero permanente Juan Guillermo Monsalve (testigo en contra de Uribe), hostigamientos y seguimientos que fueron documentados por su esquema de protección, así como hechos de violencia económica debido al despido ejecutado por su empleador (Coomeva). Actos que buscaban la retractación de Juan Guillermo Monsalve.

En desarrollo de esta audiencia el 24 de mayo del presente año, la Doctora Sandra Liliana Heredia Aranda Juez 44 aplica la perspectiva de género como deber constitucional y supraconstitucional, según sentencia SP451-2023 (64028).

El Ministerio de Justicia, documento la perspectiva de género en las decisiones judiciales y administrativas, conforme la Sentencia C-111 de 2022. Aduciendo: “son   los   encargados  de  materializar  todas aquellas  disposiciones constitucionales y  legales  que pretenden   proteger a las mujeres, quienes son consideradas como un grupo históricamente discriminado en la sociedad”, ello permite eliminar cualquier  forma   de  discriminación  en  contra   de  la mujer   y   obliga   a   que   las   autoridades  públicas ejerzan   una  actividad  mucho  más  diligente  de  la que normalmente despliegan, para proteger a la mujer de todo tipo de violencia como  cualquier  “acción  o  conducta, basada en  su género, que   cause   muerte, daño   o   sufrimiento físico, sexual   o  psicológico,   tanto   en   el   ámbito  público como en el privado”.

Por esto la Corte Constitucional, ha exhortado a  los funcionarios como  una forma  de  protección del derecho al debido  proceso y el acceso a la administración de justicia, es necesario atender al llamado del ministro de justicia para que exista una jurisdicción especializada, también que existan medidas de protección efectivas.

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*Sandra Castillo, profesional en derecho, estudios de Maestría en Paz, Desarrollo y Ciudadanía. @sandra_doly

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